La Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas (ASFASPRO) consigue tumbar de pleno el apartado del reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas para los Suboficiales que limitaba su promoción la Escala de Oficiales si estos excedían las edades máximas de 34 años si decidían ascender sin titulación universitaria y 38 años con exigencia de la misma.
Si eres Suboficial de las Fuerzas Armadas, sabrás de sobra que hasta el pasado 9 de marzo, promocionar a la escala de Oficiales, para ti no era una opción, pero por suerte, las cosas SÍ pueden cambiar, porque el Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas ha sido modificado para eliminar los límites de edad en el ascenso de Suboficial a Oficial por promoción interna.
Gracias a la lucha constante de ASFASPRO en beneficio de los derechos de todos los militares de carrera, todos aquellos Suboficiales del Cuerpo General e Infantería de Marina que queráis promocionar en vuestra carrera militar, podréis hacerlo en la próxima convocatoria de ascenso por promoción interna 2022, la cual se prevé que sea publicada en el mes de mayo.
Somos conscientes que el sistema de ascenso en las Fuerzas Armadas, hacía casi imposible promocionar a Oficial por promoción interna pasando por todos los empleos de la escala de Tropa y Marinería previamente, aun sabiendo que la gran parte de los Suboficiales con estudios universitarios querían promocionar para prestar servicio como Oficial de las Fuerzas Armadas.
A modo informativo, para todas aquellas personas que no os habíais planteado ascender porque pensabais que era imposible, los límites de edad estaban establecidos en 34 años para el ascenso por promoción interna sin titulación universitaria, 24 años en la especialidad de vuelo, y 38 años si te presentabas con titulación universitaria.
Este límite discriminatorio, impedía que un alto porcentaje de los Suboficiales pudiera hacer efectivo su derecho profesional a la promoción interna.
ASFASPRO, desde los inicios del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas en 2012, lleva solicitado a los diferentes ministros, subsecretarios y mandos de personal la eliminación de esta discriminación profesional, al final ha tenido que ser el Tribunal Supremo el que ha cumplido la antigua ordenanza militar: La justicia debe imperar en los ejércitos.
La sala del Contencioso – Administrativo del Tribunal Supremo, lo tuvo muy claro y la sentencia lo reflejó en su escrito: “resulta con total claridad la falta de justificación de los límites de edad”.
Además de ser contundentes con esa frase, la sentencia añade: “En el real decreto y en el expediente administrativo los límites de edad no constan acreditados con datos objetivos ni científicos ni se indican o justifican otros factores que no tengan que ver con la aptitud física como pudieran ser las funciones a desempeñar y las necesidades derivadas de la específica organización de los cuerpos afectados o por cuestiones de planeamiento de efectivos”. Más claro, agua.
Además de esto, en la sala, destacaron que se debía tener en cuenta las dos sentencias anteriores del 2014 y 2015 donde se anularon ciertas edades máximas para el ascenso a determinados empleos de las Fuerzas Armadas argumentando que esta premisa estaba falta de justificación y que, por ello, no era válida.
Analizando la sentencia, el Tribunal Supremo, también indica que “la memoria de análisis de impacto normativo, no contiene referencias a la relación entre la edad y el estado físico y no explica por qué se considera necesario establecer edades máximas para el ingreso por promoción” ¿Esto qué significa?
Pues muy sencillo. Actualmente, todos los militares pueden ejercer sus funciones, independientemente de su edad, siempre y cuando superen sus reconocimientos físicos y médicos. Siendo esto así y estando estos en servicio activo ¿qué diferencia hay entre los empleos y escalas para ejercer sus respectivas funciones? Ya te lo digo yo, NINGUNA.
Por todo ello, el Tribunal considera que, para continuar con estos límites de edad vigentes en el Real Decreto, sería necesario ofrecer datos o argumentos sobre el hecho que el ingreso por promoción en el Cuerpo General e Infantería de Marina en la escala de Oficiales de las FAS tenga límite de edad, algo que no ha podido ser demostrado.
La motivación de cada uno de los militares que forman parte del Ejército es fundamental. Por todo esto, desde Formación Eureka os animamos a que cumpláis vuestro sueño y promocionéis en vuestra carrera militar, AHORA ES EL MOMENTO.